La Crónica de Badajoz

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El abogado de la asociación de propietarios confía en que no se tenga que demoler

La sanción a la Dehesilla de Calamón por una rotonda se anula por caducidad

El plazo máximo para notificar la resolución es de un año y el ayuntamiento tardó más de dos

Rotonda de la Dehesilla de Calamón que los vecinos tendrían que demoler. EL PERIÓDICO

La Asociación de Propietarios de la Dehesilla de Calamón ya había abonado al Ayuntamiento de Badajoz más de 18.600 euros en concepto de multa por infracción urbanística, por haber construido una rotonda para prevenir accidentes de tráfico en un cruce de calles. Era a todas luces ilegal porque no tenían licencia, pero un juez acaba de anular la sanción, no porque esté ajustada a lo que la legalidad establece -en lo que no entra-, sino porque el ayuntamiento no actuó con la suficiente diligencia en el procedimiento.

En la propia directiva de la asociación, que se ha renovado hace tres meses, la decisión ha sido toda una sorpresa. Aunque no las tienen todas consigo, pues sigue abierto un segundo expediente, que es el de restauración de la legalidad urbanística, que conlleva quitar la glorieta, porque no es una obra legalizable. Para este procedimiento, la vista está señalada la próxima semana.

El abogado que los representa, Luis Díaz-Ambrona, es optimista. En esta primera sentencia, que tiene fecha del 11 de abril, se ha impuesto al ayuntamiento el pago de las costas. Díaz Ambrona había alegado además la vulneración del principio de proporcionalidad de la sanción, pues la obra está valorada en 1.380 euros y ha tenido un efecto inmediato en mejorar la seguridad vial, según su razonamiento, por lo que también se vulneraría el principio de responsabilidad de la infracción pues no ha habido otra intencionalidad que evitar accidentes

La rotonda se construyó en 2017 en el cruce de la avenida 6 con la calle 3 y al mismo tiempo se ampliaron los viales que convergen en la glorieta. Un vecino lo denunció. El problema que subyace es que la Dehesilla de Calamón es un Núcleo Urbano Secundario (NUS), en suelo urbano no consolidado, que requiere un proyecto de urbanización completo, siendo una rotonda una actuación aislada de urbanización.

Esta primera sentencia es del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Badajoz. El ayuntamiento tenía un año de plazo máximo para resolver el procedimiento sancionador, según establece la Ley de Procedimiento Sancionador y la Ley de Ordenación Territorial y Urbanística del Suelo (Lotus). El juez ha echado mano del criterio seguido por el Tribunal Supremo para determinar las fechas que afectan al cálculo del plazo de caducidad. Según recoge el fallo, las actuaciones se iniciaron el 28 de febrero de 2018, cuando agentes de la Policía Local se personaron en la Dehesilla y levantaron acta de inspección ocular de la rotonda construida. Hasta el 12 de marzo de 2021 no se dictó el decreto de incoación del procedimiento sancionador, «sin que el ayuntamiento demandado haya justificado mínimamente el lapso temporal de más de dos años sin actuación administrativa previa alguna». Esta sentencia es firme y no se puede recurrir

Díaz-Ambrona entiende que si existe caducidad en el procedimiento sancionador también la hay en el expediente de restauración de la legalidad, si bien éste lo lleva otro juez, el del número 2. En su opinión, la sentencia está tan clara que «lo normal» sería que el ayuntamiento pida que se suspenda la vista, para lo cual debería acordar en pleno que acepta el resultado. «En definitiva es el mismo expediente aunque esté desdoblado en dos y si un juez ya ha dicho que está caducado, lo normal es que la próxima sentencia sea igual a ésta», aduce el abogado. A este respecto, el concejal de Urbanismo, Carlos Urueña, manifestó ayer que todavía lo están estudiando. Hay que tener en cuenta que el fallo judicial es muy reciente.

En la Dehesilla de Calamón hay otro procedimiento urbanístico abierto por la construcción de un muro que los vecinos construyeron en una de las entradas de la urbanización para evitar que la usasen vecinos ajenos.

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