La friolera de 2.100 euros. Es la multa que la Guardia Civil de Tráfico ha impuesto el 7 de octubre a un conductor del servicio de Parques y Jardines del Ayuntamiento de Badajoz que circulaba con un camión en Sagrajas por no llevar entre su documentación el Certificado de Aptitud Profesional (CAP).

Según el sindicato USO, se trata de un requisito obligatorio, pero en el ayuntamiento no lo tienen tan claro. De hecho, el concejal de Medio Ambiente, Jesús Coslado, explicó ayer a este diario que el técnico de Parque Móvil y la asesoría jurídica están estudiando presentar alegaciones para la anulación esta sanción por entender que los trabajadores municipales están exentos del CAP, según recoge el articulo referido a las exenciones del Real Decreto 284/2021 de 20 abril sobre la cualificación inicial y formación continua de conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera. El ayuntamiento ha realizado una consulta en la Dirección General de Tráfico.

Pero en USO defienden que llevar consigo el CAP es obligatorio como muestra de la cualificación inicial para poder conducir estos vehículos. El sindicato señala que en noviembre de 2018 caducó el CAP a la mayoría de los trabajadores que tenían obligación de llevarlo. En diciembre de 2018 el servicio de Prevención comunicó que no era competente para realizar un informe al respecto. Tras la multa del mes pasado, «ahora deprisa y corriendo» el ayuntamiento va a organizar un nuevo curso «tras llevar cuatro años ignorándolo». USO exige «responsabilidades», acusa de «dejación de funciones» al ayuntamiento por «mirar para otro lado» y pregunta quién pagará la multa y qué ocurrirá con los puntos del carnet del conductor sancionado.