Desde hoy y hasta el 3 de mayo se pueden solicitar las ayudas directas de 1.000 u 800 euros aprobadas por el Ayuntamiento de Badajoz dirigidas a los negocios de hostelería y comercio que se vieron obligados a cerrar temporalmente a partir del 6 de enero, por las medidas preventivas que adoptó la Junta de Extremadura debido a la pandemia. El decreto de alcaldía que regula estas ayudas, que tienen carácter urgente y excepcional, apareció publicado ayer en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Badajoz, que recoge que el periodo de presentación de solicitudes es de 20 días naturales a contar desde el siguiente a la publicación.

El denominado Plan Aviba se dio a conocer públicamente el 23 de marzo, pero había que esperar a que apareciese en el BOP para que se abriese la convocatoria. Paralelamente, el ayuntamiento ha licitado la contratación de la asistencia técnica para la gestión de estas subvenciones, lo que le supone un coste de 33.000 euros. Las arcas municipales destinan un importe «máximo» de 1,5 millones de euros a esta convocatoria, con cargo al presupuesto del 2021, si bien el alcalde, Francisco Javier Fragoso, anunció al presentarla que si esta cuantía se agota, esta cantidad se ampliará para atender «todas» las solicitudes.

Según recoge expresamente el decreto, estas ayudas tienen como finalidad prestar apoyo económico a los sectores afectados por las medidas excepcionales de intervención administrativa en relación con los establecimientos de hostelería y restauración, el comercio que ejerza actividad minorista, locales de juego y apuestas y actividades de espectáculos públicos y otras de ocio que tuvieron que cerrar tras los acuerdos que adoptó el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura entre el 5 y el 20 de enero para intentar frenar los contagios, que habían subido tras las navidades. El ayuntamiento concede 1.000 euros a la hostelería porque su «cierre obligado ha sido más prolongado» y 800 para el resto de los sectores.

Para poder ser beneficiarios, los solicitantes deben desarrollar con carácter principal alguna de las actividades encuadradas en los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) objeto de cierre. El domicilio fiscal y el establecimiento o el lugar en el que se desarrolla la actividad tiene que encontrarse en el término municipal de Badajoz. Deben encontrarse en régimen de alta en la Seguridad Social a la fecha de la publicación de los acuerdos de cierre forzoso y suspensión de la actividad empresarial del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura y estar en alta en el momento de publicación del presente decreto. Para facilitar su concesión y teniendo en cuenta las dificultades que atraviesan los posibles beneficiarios, se les exime de estar al corriente en sus obligaciones tributarias con las hacienda estatal, autonómica y local y con la Seguridad Social.

La solicitud de la ayuda y la documentación a aportar se deben cumplimentar a través de la sede electrónica http://planaviba.badajozciudad.es/. Una vez rellena debe imprimirse y registrarse telemáticamente o de forma presencial en las oficinas del Registro General o en cualquiera de los registros de las Administraciones Públicas. Los expedientes se irán resolviendo según la fecha de entrada o registro. Solo se podrá presentar una solicitud por empresa o autónomo. La concesión será resuelta y notificada individualmente en el plazo máximo de 6 meses desde la entrada de la solicitud y el pago será único por la totalidad del importe concedido.

En cuanto a la documentación, Fragoso destacó que se había simplificado. Las personas físicas deben presentar el NIF y las jurídicas, copia del NIF de la entidad y escritura de constitución de la sociedad y estatutos, salvo si ya los tiene el Servicio de Emprendimiento, Empleo y Formación del ayuntamiento. También se les pide el certificado de situación censal expedido por la Agencia Tributaria que indique la actividad económica con su fecha de alta, el domicilio fiscal y el del local, emitido con fecha posterior a la publicación de este decreto en el BOP. Deben aportar además el informe de vida laboral emitido con posterioridad a esta publicación, declaración responsable y documento de alta a terceros, cuyo modelo está en la web municipal. Estas ayudas son compatibles con otras para la misma finalidad, privadas o públicas.