SENTENCIA DEL JUZGADO DE LO PENAL NÚMERO 2 DE BADAJOZ
Un año de prisión para los acusados de subir a Facebook un vídeo contra un joven tiroteado en Badajoz
Han sido condenados por un delito de obstrucción a la justicia y absueltos de otro de descubrimiento y revelación de secretos. La fiscalía pedía 5 años de cárcel para los cuatro procesados
Tres de los cuatro acusados por subir a la red social Facebook un vídeo-montaje contra un joven que fue tiroteado en la barriada de Suerte de Saavedra en octubre de 2019 han sido condenados a un año de prisión y a una multa de 6 meses a razón de 5 euros diarios por un delito de obstrucción a la justicia. En el caso del cuarto, la pena se ha rebajado a tres meses de cárcel y una multa de un mes y 15 días al aplicarle la atenuante de disminución de sus capacidades intelectivas y abuso de sustancias tóxicas.
Todos los procesados han sido absueltos del delito de descubrimiento y revelación de secretos. La fiscalía solicitaba para ellos 5 años de cárcel, mientras que sus defensas pedían su absolución. Raúl Montaño y Fernando Cumbres, abogados de dos de los imputados, ya avanzaron ayer que recurrirán la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 2 de Badajoz.
En el fallo se considera probado que los cuatro colgaron en sus perfiles de Facebook un vídeo de 25 segundos en el que aparecían fotografías del acta de declaración de la víctima ante la policía y del acta de reconocimiento policial de los presuntos autores de los disparos que recibió, mientras de fondo sonaba una canción que decía «ayúdame Dios mío a poder controlar mi lengua».
Aunque no se ha podido determinar como se accedió a esa documentación oficial -los procesados no eran parte en el procedimiento- ni tampoco quién o quiénes editaron el vídeo original, el juez da por probado que los condenados lo compartieron a través de sus redes «siendo conscientes» de que estas publicaciones «amedrentaban e influían» en la víctima y tendían a que no prosiguiera con su denuncia contra los supuestos autores del tiroteo, perjudicando y obstaculizando la tramitación de los procedimientos judiciales iniciados. Por ello, los considera responsables de un delito de obstrucción a la justicia.
En cuanto a los cargos por descubrimiento y revelación de secreto, al no existir denuncia previa del agraviado, como exige la ley, se les absuelve a todos de este delito.
Los cuatro abogados ya solicitaron al inicio del juicio la nulidad de las actuaciones precisamente por no haber denuncia del perjudicado, sino que en este caso la policía y la fiscalía habían actuado de oficio.
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