La víctima lo sufrió cuando tenía entre 9 y 12 años

6 años y medio de cárcel para el acusado por abusos sexuales a su cuñada menor de edad en Badajoz

Se le ha prohibido acercarse a menos de 300 metros y libertad vigilada otros seis años tras salir de prisión. Tendrá que pagar 10.000 euros por daños morales, de los que ya abonó 6.000

El acusado en el juicio en la Audiencia Provincial de Badajoz celebrado la semana pasada.

El acusado en el juicio en la Audiencia Provincial de Badajoz celebrado la semana pasada. / LA CRÓNICA

La Audiencia Provincial de Badajoz ha condenado a seis años y medio de prisión al hombre que abusó sexualmente de la que era su cuñada, en repetidas ocasiones, cuando la víctima tenía entre 9 y 12 años. Esa era la solicitud de pena del ministerio fiscal, la cual rebajó en seis meses (inicialmente pedía siete años de cárcel) por la atenuante de reparación del daño moral y perjuicios, puesto que el acusado, antes del juicio, ya había ingresado los 6.000 euros que reclamaba al principio la acusación particular en concepto de responsabilidad civil. Posteriormente, la acusación elevó esa cantidad hasta los 20.000 euros, la misma de la fiscalía. Finalmente, la sala determinó que la cifra que debe aportar el varón por responsabilidad civil es de 10.000 euros por «las secuelas y daños morales sufridos».

Asimismo, el fallo de los jueces prohíbe al autor de los hechos a acercarse a menos de 300 metros de la víctima, de su domicilio, lugar de trabajo o estudios y comunicarse con ella por cualquier medio por un plazo de ocho años. También se refleja en la sentencia la pena de inhabilitación especial para ejercer una profesión que conlleve un contacto regular y directo con menores de edad por un tiempo de diez años y la medida de libertad vigilada para los seis años posteriores a su salida del centro penitenciario. El hombre tampoco tendrá derecho al sufragio pasivo mientras que dure la condena y se tendrá que hacer cargo de las costas procesales. El acusado podrá recurrir la sentencia.

Para la sala, la prueba fundamental y más relevante de esta condena es la declaración de la víctima, que considera suficiente para acreditar los hechos. «Es segura, absolutamente creíble y coherente, veraz y verdadera, cierta, expresiva, sincera», añade. Los magistrados no apreciaron falta de madurez ni tampoco contradicciones múltiples en su versión como afirmó la defensa.

Aún así, completan la decisión la existencia de informes facultativos que corroboran que la menor sufrió ansiedad, nerviosismo, alteración psíquica o síntomas depresivos por estos hechos, por lo que recibió tratamiento psicológico. Las declaraciones de los testigos también han servido para convencer al tribunal. En este sentido, casi todos los testimonios coinciden en que había bastantes momentos en los que el hombre y la menor se quedaban solos, por lo que los magistrados determinan que el acusado no dijo la verdad cuando en el juicio expresó que nunca estuvieron a solas.

Esta causa se celebró los días 12 y 13 de enero y la sentencia se dio a conocer el pasado lunes. La abogada de la víctima, Alicia Correa, aseguró a este periódico que la celeridad de la resolución «ha ayudado muchísimo» a la joven.

Los hechos sucedieron entre 2014 y 2018 pero no fue hasta dos años más tarde cuando los denunció, ayudada por una tercera persona que le hizo ver la gravedad.