SENTENCIA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE BADAJOZ

Condenada a 19 años de prisión la empresaria lusa acusada de defraudar casi 7 millones a la Hacienda española

El tribunal impone también 4 años de cárcel a la madre de la principal inculpada por colaborar para ocultar el dinero defraudado y otros 6 a su asesor fiscal como cooperador necesario para la estafa

La empresaria portuguesa, en el centro, junto a su madre y el asesor fiscal durante el juicio en la Audiencia Provincial de Badajoz.

La empresaria portuguesa, en el centro, junto a su madre y el asesor fiscal durante el juicio en la Audiencia Provincial de Badajoz. / LA CRÓNICA

Belén Castaño Chaparro

Belén Castaño Chaparro

19 años de prisión y una multa del duplo de la cantidad estafada. Es la condena que ha impuesto la Audiencia Provincial de Badajoz a la empresaria portuguesa acusada de defraudar casi 7 millones de euros a la Agencia Tributaria Española a través de facturas de IVA falsas emitidas por tres empresas, de las que era administradora única, que operaban en España. El tribunal la considera autora de seis delitos contra la Hacienda Pública, cometidos entre 2006 y 2011, en concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento mercantil, penados con 2 años y medio de prisión cada uno, así como de otro delito continuado de blanqueo de capitales, por el que le impone otros cuatro años de cárcel.

En la causa también estaban procesados la madre de la empresaria portuguesa por un delito continuado de blanqueo de capitales, por el que se la ha condenado a 4 años de prisión y a una multa del doble del valor de los bienes adquiridos a su nombre, y el director de la asesoría fiscal que le gestionaba las devoluciones del IVA en España, al que la Audiencia de Badajoz ha impuesto una pena de seis años de cárcel al considerarlo coautor por cooperación necesaria de seis delitos contra la Hacienda española (1 año por cada uno de ellos), además de una multa económica por la cuantía defraudada en cada uno de ellos.

La fiscalía solicitaba inicialmente penas de 23 años de cárcel para la empresaria, que en sus conclusiones finales rebajó a 15 años, otros 6 para su madre y 14 para el asesor fiscal, mientras que las defensas de los inculpados pedían su absolución.

En la sentencia, el tribunal da por probado que la principal acusada, a través de tres sociedades mercantiles radicadas en Portugal que ella controlaba solicitó y obtuvo "mendazmente" de la Hacienda española devoluciones por IVA soportado por sujetos no establecidos en territorio nacional por un montante de 6.805.875,31 euros, entre los ejercicios 2005 a 2011 (solo la condena por los delitos cometidos a partir del 2006 porque los del ejercicio anterior han prescrito). Según el fallo, para conseguir este fin ilícito, generó facturas falsas por supuestas adquisiciones y servicios prestados en España por sus empresas, en las que figuraban como destinatarias indistintamente unas u otras y utilizando membretes y nombres comerciales de hasta 13 empresas españolas, la mayoría del sector de alimentación y productos cárnicos, que en ningún caso han reconocido la emisión y los conceptos de dichas facturas ni tampoco relación alguna con la acusada y sus sociedades.

También da por acreditado el tribunal que para la presentación de todas las devoluciones de IVA, la acusada contó "en todos los casos y exclusivamente" con la cooperación de la empresa dirigida por el asesor fiscal procesado, que era "conocedor de la finalidad defraudatoria" perseguida por la primera y colaboró "de forma eficaz" para que esta lograra sus fines, obteniendo para su empresa comisiones por valor de 533.735 euros entre 2005 y 2011. Además, la sentencia expone que pese a las comprobaciones tributarias realizadas por la Hacienda Foral Vasca en los años 2008 y 2009 y los posteriores requerimientos de la Agencia Tributaria Española, en 2010 y 2011, en relación a las sociedades de la empresaria portuguesa, "mantuvo el necesario mecanismo para esta de solicitudes basadas en las facturas mendaces y devoluciones ilícitas de IVA". La asesoría no ingresaba las cantidades dinerarias en las cuentas bancarias de las empresas, sino directamente en dos cuentas a nombre de la empresaria lusa, que mediante transferencias recibió 6.114.529,27 euros.

Según el fallo, con este dinero, la acusada, "en beneficio propio", destinó 608.047 euros en productos financieros a su titularidad y desde esas cuentas bancarias realizó hasta 114 disposiciones de efectivo por un total de 1.780. 784 euros. Además, la sentencia recoge que buena parte de las cantidades ilícitamente obtenidas fueron empleadas por la empresaria en la adquisición de obras de arte y mobiliario en Portugal, así como para la construcción de un lujoso chalet en la localidad lusa de Torres Vedras, que "para ocultar el origen ilícito de su financiación" puso a nombre de su madre, con "consentimiento" de esta última, que también colaboró con su hija en la ocultación y transmisión de las cantidades defraudadas a la Hacienda pública. Ambas, desde un cuenta de titularidad conjunta en una sucursal bancaria en España, adquirieron un piso en Badajoz y un vehículo de alta gama.

Tanto los inmuebles como los productos financieros, el automóvil y las cuentas bancarias están intervenidas y embargadas judicialmente.

La sentencia no es firme y cabe recurso de casación ante la Sala segunda del Tribunal Supremo. La defensa de la empresaria lusa y su madre, ejercida por Fernando Cumbres, ya ha anunciado que recurrirá. El letrado mostró su sorpresa porque el fallo no contemple como atenuante las dilaciones indebidas, pues recordó que el procedimiento judicial contra sus clientas se abrió hace 12 años.

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