El Periódico Extremadura

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SENTENCIA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE BADAJOZ

Condenado a 20 años de prisión el autor del crimen de Zafra

Tras ser declarado culpable de asesinato con ensañamiento y alevosía por un jurado popular. La fiscalía y las acusaciones particulares solicitaban la máxima pena, 25 años de cárcel

El condenado por el crimen de Zafra durante el juicio en la Audiencia Provincial de Badajoz.

Veinte años de prisión para el autor del crimen de Zafra. Es la condena que la Audiencia Provincial de Badajoz ha impuesto a Manuel M. M. Q. tras ser declarado culpable de asesinato con ensañamiento y alevosía por un jurado popular, que consideró probado que el hombre, de 75 años, mató a María Soledad S. D., inquilina de su finca, sin que esta tuviera posibilidad de defenderse y aumentando su dolor más allá del necesario para acabar con su vida. El condenado no podrá acceder al tercer grado penitenciario hasta que no cumpla la mitad de la pena impuesta.

La sentencia, a la que ha tenido acceso este diario, obliga al Manuel M. M. Q. a indemnizar a los dos hijos de la víctima con 31.250 euros a cada uno y a los siete hermanos con 18.750 euros, cantidades solicitadas en concepto de responsabilidad civil por el Ministerio Fiscal. Además, le impone las costas procesales, incluidas las de la acusación particular. La abogadas de la familia elevaban a las cifras de las indemnizaciones a 125.400 euros para cada hijo y entre 21.400 y 23.400 para cada uno de los hermanos.

La fiscalía y las acusaciones particulares solicitaban la pena máxima de prisión que se contempla para este delito, 25 años de cárcel, por la "crueldad" de los hechos. Por su parte, la defensa, dejó en manos del presidente de la sala la condena tras el veredicto del jurado, pues anunció que, una vez conocido el fallo, se presentaría un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx).

En la sentencia dictada por el magistrado Emilio Serrano, se declara probado, conforme al veredicto del jurado popular, que en la mañana del 31 de enero de 2020, el condenado acudió a la finca en la que María Soledad ocupaba en calidad de inquilina, donde cogió una palanca de desencofrar, que ocultó en un saco "con el único fin de emplearla para arrebatarle la vida" a la mujer, "buscando el momento adecuado". La relación entre ambos se había deteriorado en los meses previos: ella lo acusaba de no cuidar a sus animales y sospechaba que los estaba envenenado, mientras que él le había remitido un escrito notarial para que abandonara la finca, para lo que tenía de plazo hasta el 10 de marzo de 2020.

El día del crimen, la víctima comenzó a grabar con su teléfono móvil la conversación que mantenían ambos, en la que ella le reprochaba que no cuidara de sus animales. Manuel entró en un cobertizo al que invitó a pasar a María Soledad "con el designio de acabar con su vida sin posibilidad de que ella se defendiera y sin ser visto", pero la mujer no accedió "frustrando su propósito".

Pero una vez que ambos se encontraban en una cerca junto al cobertizo --después de que ella volviera la lanzarle reproches y se opusiera a abandonar la finca como el hombre le había pedido por temor a lo que pudiera ocurrirle a los animales--, "tras comprobar que no era observado", Manuel sacó la barra de hierro del saco "de manera sorpresiva" y "con la intención de acabar con su vida" la golpeó varias veces con la herramienta en el rostro y la región frontal de la cabeza. La víctima cayó al suelo aturdida, su agresor se puso sobre ella y repitió los golpes una y otra vez, mientras ella suplicaba por su vida "y se iba fatigando y asfixiando con la sangre". La sentencia da por acreditado que pese a los ruegos de María Soledad, su asesino siguió golpeándola repetidamente en la cabeza, donde recibió como mínimo entre "19 y 20" de los más de 40 golpes que le propinó en menos de 10 minutos, con el propósito "deliberado de aumentar el dolor de la víctima y con total desprecio hacia ella".

«Se aprecia en el audio de la grabación como María Soledad implora el perdón de su agresor y suplica por su vida mientras esta se extinguía entre sufrimientos que debieron ser atroces y aspiraba su propia sangre», recoge la sentencia, en la que también pone en evidencia que el condenado no sufrió heridas significativas producidas por los intentos de defensa de la mujer. 

A pesar de que fue visto por un vecino de la parcela contigua a la suya, que le inquirió para que depusiese su actitud, Manuel no lo hizo. La sala cree que el hombre acudió a entregarse y confesar el crimen en el cuartel de la Guardia Civil de Zafra, precisamente porque el testigo le había advertido de que lo denunciaría ante las autoridades.

María Soledad, tras la brutal agresión, falleció a causa de las lesiones traumáticas cerebrales sobre las 10.30 horas del 31 de enero de 2020. La víctima, de 59 años, era viuda y tenía dos hijos de 35 y 36 años.

"Merecía un mayor reproche penal"

«Era merecedor de un mayor reproche penal debido a la crueldad y maldad demostrada y acreditada». Es la valoración que Ana Belén Spínola, abogada de los hijos de la víctima del crimen de Zafra, hizo ayer tras conocer la sentencia de la Audiencia de Badajoz que condena al asesino de María Soledad S. D. a 20 años de cárcel. Tanto la fiscalía como las acusaciones particulares solicitaban que se impusiera al procesado, Manuel M. M. Q la pena máxima para este delito, 25 años de cárcel. 

Ni Spínola ni las letradas que representan a los siete hermanos de la mujer asesinada, Noelia Álvarez y Marta Guzmán, se plantean recurrir la sentencia dictada por el presidente magistrado Emilio Serrano, por entender que es «ajustada a derecho, a pesar de que no hay sentencia justa posible en un caso tan execrable como este», afirmó la abogada. No obstante, valoró de manera positiva en el fallo que se hayan tenido en cuenta las agravantes de alevosía y ensañamiento, y no así la atenuante de confesión en su condición de muy cualificada que solicitaba la defensa, aludiendo a la colaboración del procesado durante el esclarecimiento de los hechos, «que ha quedado probado que no ha existido», subrayó. 

Asimismo, la letrada destacó que el fallo recoja que el condenado no pueda acceder al tercer grado penitenciario hasta cumplir la mitad de la pena impuesta, es decir, 10 años, a los que hay que restar los más de dos que ya ha cumplido de prisión provisional desde que fue detenido el mismo día que cometió el crimen.

Por su parte, la defensa, a cargo del abogado Emilio Cortés, como ya anunció tras escuchar el veredicto el pasado viernes, reiteró que presentará un recurso de apelación contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Badajoz ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJEx, al entender, como alegó durante el juicio, que «no existen alevosía ni ensañamiento y que ha habido una confesión y un estado emocional que no han sido tenidos en cuenta por el jurado popular».

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