El Tribunal Militar Central ha decretado el sobreseimiento definitivo o libre de la causa abierta contra los ocho mandos de la Base Aérea de Talavera la Real por su presunta implicación en el accidente en noviembre del 2012 de un caza F-5, en el que perdió la vida el comandante instructor Ángel Álvarez y resultó gravemente herido el alférez alumno Sergio Santamaría. En su auto, con fecha de 23 de febrero del 2022, el órgano judicial militar declara «la inexistencia de responsabilidad penal» de los mandos al considerar que los hechos que se le imputan no son constitutivos de ilícito penal alguno, así como por haberse «extinguido la acción penal con arreglo a las leyes», es decir, haber prescrito en el caso de siete de ellos.

Esta resolución atiende la solicitud del Juzgado Togado Militar Central número 2 de Madrid, que el pasado mes de diciembre, casi una década después de que se abrieran diligencias previas, elevó las actuaciones a sumario y pidió el sobreseimiento definitivo de la causa --a la que se adhirieron el ministerio fiscal y la Abogacía del Estado y se opuso la acusación particular-- con los mismos argumentos que ahora hace suyos el Tribunal Central Militar, contra cuyo auto cabe recurso de casación ante la Sala Quinta de lo Militar del Tribunal Supremo. 

Esta resolución judicial, según se recoge en la misma, equivale desde el punto de vista procesal a una sentencia absolutoria anticipada con fuerza de cosa juzgada, por lo que impide un ulterior proceso con el mismo objeto contra los tres coroneles, dos tenientes coroneles, dos comandantes y un teniente del Ejército del Aire investigados por el siniestro del F-5.

Fue en marzo de 2020 cuando los mandos pasaron a ser investigados por el Juzgado Militar Central número 2, tras siete años de diligencias previas en el Juzgado Togado Militar Territorial número 12, cuya titular exponía presuntas irregularidades en cuanto al estado de caza siniestrado, la capacitación del instructor fallecido para pilotar el F-5, tras haber estado apartado del servicio por enfermedad, así como en la gestión de la emergencia y el rescate de las víctimas.

Tras inhibirse la jueza por no tener competencias para encausar a militares aforados por su rango, el Juzgado Togado Militar Central se hizo cargo de la causa. Este último, en su auto, además de motivar la propuesta de sobreseimiento de l procedimiento abierto a los ocho mandos, afirmaba que, tras examinar las actuaciones del Juzgado Togado Militar Territorial número 12, en las mismas «más que intentar esclarecer los hechos, se aprecia una búsqueda casi inquisitoria de algún posible culpable». Asimismo, recoge que la investigación que con ese carácter prospectivo se llevó a cabo al margen de los investigados, habría dado lugar a la apertura de un «incidente de nulidad de las actuaciones por indefensión», sino fuera por la prescripción de los delitos presuntamente atribuidos.